HIERBA DULCE

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domingo, 18 de marzo de 2012

Imposibilitado Estado paraguayo de trasladar a campesinos sin tierras



Asunción, 15 mar (PL) La tensión volvió hoy a la zona paraguaya del Alto Paraná ante la imposibilidad del Estado de trasladar a terrenos estatales a campesinos sin tierras allí acampados, como se les había ofrecido previamente.

  El interventor designado por el gobierno para el Instituto Nacional de Desarrollo Rural y la Tierra (Indert), Emilio Camacho, denunció que mil hectáreas destinadas a ese fin y propiedad del Banco Nacional de Fomento (BNF) aparecieron legalmente en manos de privados gracias una operación irregular.

Ese lugar era el indicado por el gobierno para el traslado de los sin tierras que están en peligro de desalojo actualmente de algunas parcelas de latifundistas, muchos de ellos descendientes de antiguos colonos brasileños.

Camacho señaló que los terrenos del Banco se encuentran en la misma forma que las de Ñacunday donde se encuentran los denominados carperos, campesinos alojados en carpas demandando su entrega por haber sido asignadas a privados mediante irregularidades en pasados gobiernos.

Las mil hectáreas que habían sido prometidas se detectaron sorpresivamente rematadas en años anteriores por el BNF y los terratenientes ocupantes poseen títulos de propiedad otorgados a todas luces en forma anormal.

El interventor lamentó que un juez y una fiscal hayan dictaminado el desalojo de los sin tierra del lugar ocupado por ellos y calificó de robo al Estado lo ocurrido con las mil hectáreas del Banco.

Camacho dijo que el gobierno está analizando la situación planteada para tratar de conseguir una alternativa al problema y arremetió contra intereses económicos y sus abogados, acusándolos de verdaderos causantes de la actual crisis.

Esa es la barbaridad que enfrentamos con un Instituto débil, acosado, sitiado por 30 o 40 abogados de primer nivel que responden a un poderoso señor, quien impide al Estado paraguayo entrar siquiera en sus tierras, sentenció.

sábado, 18 de febrero de 2012

Agronegocios ponen en riesgo agricultura familiar


Sistemas alimentarios tradicionales van desapareciendo ante el avance de la agricultura a gran escala.

La agricultura, como práctica familiar campesina e indígena que durante siglos garantizó de manera natural la alimentación en el actual territorio paraguayo, está amenazada por un reducido grupo de productores que desarrollan un modelo de agricultura tecnificada a gran escala, que reduce cada vez más el empleo de mano de obra, y en la que las corporaciones multinacionales pasan a tener control sobre los recursos naturales: suelo, agua y la biodiversidad de gran parte del territorio paraguayo.

Desde principios de la década de 1970, durante la dictadura de Alfredo Stroessner (1954-89), se abrió el campo paraguayo al desarrollo de agronegocios, entre ellos el cultivo masivo de soja, convencional primero y transgénica después, en manos de empresas transnacionales.

Desde entonces el avance de esta práctica basada en la mecanización, y la utilización de agrotóxicos ha sido constante. El sector latifundista y las empresas transnacionales agropecuarias —Monsanto, Cargill, Archer Daniel Midlan (ADM), Shell Agro, Dow, BASF, Mosaic, Bunge, Dupont, Syngenta, Bayer, así también entre otras— que acaparan el mercado de la semillas transgénicas, agrotóxicos y el comercio de cereales se han apropiado de grandes extensiones de tierras.

Este modelo económico productivo fuerza a la población rural a la sustitución de alimentos deseados, como la carne bovina, por otros menos apreciados y de menor valor nutritivo, afectando su capacidad de adaptación a las nuevas condiciones ambientales y deteriorando su sistema alimentario tradicional, según Marcos Glauser, antropólogo e investigador de la no gubernamental Base Investigaciones Sociales (Base IS).

La desaparición de fuentes naturales de alimentos silvestres que formaban parte de los sistemas alimentarios tradicionales indígenas, a causa de la deforestación y destrucción de bosques, también afecta en ese sentido.

En este contexto están amenazadas prácticas de siembras o, peor aún, a punto de desaparecer algunos de estos rubros de producción agroecológica: caña de azúcar, yerba mate, tung, tártago, soja orgánica, maíz y arroz orgánico, sésamo, frutas y hortalizas, algodón, maní, poroto (frijoles), naranja agrio (base de la esencia de petit grain), menta (esencia de menta), ka`a he´ë (stevia), cedrón, miel de abeja (por desmontes y degradación de hábitat), animales domésticos (tipo granja), entre otras formas.

La base de este modelo productivo se encuentra en organismos genéticamente modificados (OGM), más conocidos como transgénicos. Los OGM son variedades vegetales o animales creadas artificialmente en laboratorios, cuya característica es la introducción de genes de otras especies para crear organismos nuevos. Las semillas genéticamente modificadas están diseñadas para resistir herbicidas de amplio espectro (glifosato, glufosinato).

El comercio de semillas transgénicas estaba prohibido en el país hasta que recibiera autorización del Ministerio de Agricultura y Ganadería en el año 2004. El uso de las semillas transgénicas siempre ha sido cuestionado por organizaciones no gubernamentales, movimientos sociales, campesinos e indígenas, sin embargo, en 1999 éstas empezaron a ser introducidas de contrabando desde la Argentina por los grandes productores sojeros.

El principal potencial futuro que ofrece la manipulación genética es el lucro, por eso el negocio de los transgénicos pasó a manos de las compañías transnacionales de la biotecnología, que dominan los mercados mundiales de fertilizantes, abonos, semillas, agrotóxicos (como glifosato, herbicida usado para eliminar plantas no deseadas), entre las que se encuentran: Monsanto, Cargill, ADM, Bunge, Dupont, Syngenta, Bayer, Shell Agro, Dow, BASF, Mosaic y Dreyfus.

De la misma forma las maquinarias utilizadas provienen exclusivamente de empresas transnacionales —tractores, cosechadoras, fumigadoras y sembradoras—, cuyos costos en los concesionarios oscilan entre US$100,000 y $400,000. La rentabilidad de la producción de soja como monocultivo depende de grandes extensiones de tierra, uso intensivo de fertilizantes químicos, semillas transgénicas, requiere de poca mano de obra agrícola al utilizar maquinarias especilizadas, de tal forma que se necesita un solo empleado para cultivar entre 100 y 200 Ha, constata el investigador estadounidense, Richard Doughman, en su libro La chipa y la soja, la pugna gastro-política en la frontera agroexportadora del Este paraguayo.

Doughman explica en el texto que “la cadena productiva de la soja se ha expandido con tal intensidad, empezando en las regiones este y sureste del país, que ha convertido a Paraguay en el cuarto exportador mundial de soja transgénica con más de 2 millones de hectáreas cultivadas con esta leguminosa, en tanto ocupa el sexto lugar en la producción mundial de esta oleaginosa.

La superficie sembrada de soja en el año 2010 alcanzó 2.83 millones de hectáreas, equivalente al 7% del territorio nacional.
Entorno macroeconómico
Lo paradojal del modelo productivo paraguayo es que a pesar del crecimiento macroeconómico —14.5% en el 2010, el primer lugar en América Latina, según el Fondo Monetario Internacional, gracias, en gran medida, a la producción de 8.4 millones de toneladas de soja—, la población en situación de pobreza extrema creció en el mismo periodo de 19% a 20%, según la Dirección General de Estadística, Encuestas y Censos (DGEEC).

“El modelo de los agronegocios destruye empleo, tanto urbano como rural, en donde un 20% [poco más de un millón de los 6.7 millones de paraguayos y paraguayas] vive en la pobreza extrema en un país que actualmente es señalado como el cuarto exportador mundial de granos de soja, y sexto de carne, récord en exportación pero con el consecuente debastecimiento del mercado local. Una población que pasa de consumir 70 kg de carne per cápita se redujo a 30 kg per cápita”, compara la abogada Milena Pereira Fukuoka, autora del libro El Estado y la garantía del derecho a la alimentación adecuada en Paraguay.

A partir de los impactos medioambientales, económicos y sociales que genera el llamado “boom de la producción sojera transgénica” en Paraguay, situación denunciada por las principales organizaciones del campo —Movimiento Campesino Paraguayo (MCP), Coordinadora Nacional de Organizaciones de Mujeres Trabajadoras Rurales e Indígenas (CONAMURI), Organización Nacional de Aborígenes Independientes (ONAI), entre otras—y organismos no gubernamentales como Base IS, Alter Vida y Sobrevivencias, se discute cada vez más acerca de la responsabilidad de los agronegocios en la destrucción de los suelos, su interferencia negativa en la biodiversidad con la masiva deforestación, la contaminación de arroyos, ríos y acuíferos, y su cuota de responsabilidad en la exclusión de campesinos e indígenas de la cadena de producción agropecuaria, acompañada de la expoliación del patrimonio natural y cultural de gran parte de la población rural.

“Afrontar los problemas estructurales de la seguridad alimentaria en el Paraguay sólo podrá realizarse mediante el efectivo apoyo del Estado”, afirma Pereira Fukuoka.

Pereira Fukuoka considera que esa ayuda debe consistir en permitir el acceso a la tierra como medio de producción “a los campesinos y comunidades indígenas, con asistencia técnica adecuada para los pequeños agricultores, programas de diversificación agrícola y de crédito blando a largo plazo”.

A través del Plan Estratégico, Económico y Social 2008/2013, junto con el Plan Nacional de Soberanía y Seguridad Alimentaria y Nutricional del Paraguay (PLANAL), el gobierno busca revertir la situación de la población expuesta a la prevalencia de la desnutrición, malnutrición y enfermedades de base alimentaria, que abarca a cerca del 40% de la población del país.

Respecto a la agricultura familiar, en el PLANAL se destacan algunos programas de incentivos y apoyo a la producción agricola, afirmándose la necesidad de una mejor evaluación de los mismos, pues estas iniciativas fueron calificadas como frágiles por las organizaciones campesinas y los agricultores familiares entrevistados, afirma Pereira Fukuoka.

Para el presente año, el Poder Ejecutivo remitirá al Congreso un proyecto de ley sobre seguridad alimentaria, la misma consiste en la distribución de semillas para cultivos, hortalizas y arvejas para los campesinos. El viceministro de Agricultura, Andrés Wehrle, indicó que en el país hay una emergencia alimentaria por la sequía, y el plan abarcará a unas 210,000 familias (de las cuales 28,000 familias son indígenas), que poseen hasta 10 Ha.  De aprobarse esa ley, el gobierno invertirá US$3 millones para entregar un kit de alimentos a cada una de las 210,000 familias, confirmó el viceministro. El kit consiste en la distribución de 15 kilos de semillas de maíz y tres kilos de poroto (frijoles) por familia en febrero; hortalizas y arvejas en marzo y abril.

El proyecto de ley pretende garantizar al campesino o indígena afectado que pueda exigir su derecho en caso de que no reciba la asistencia.

Sin embargo, para Pereira, las medidas económicas y productivas adoptadas en los planes, no responderían aún a la redistribución de ingresos, generación de empleo y consideración de las necesidades de la población en materia de seguridad alimentaria, teniendo en cuenta que las principales agencias estatales competentes apuestan a profundizar aún más el modelo agroganadero exportador, sin considerar el adecuado abastecimiento de alimentos para el consumo nacional.
Gran banco nacional de semillas
Por otra parte, el gobierno del presidente Fernando Lugo implementará desde fines de febrero un proyecto de producción, recuperación y comercialización de semillas nativas, mediante un trabajo conjunto de técnicos pertenecientes a la Dirección de Coordinación Ejecutiva de la empresa de energía Itaipú Binacional, productores y la cooperación interinstitucional.

“Una vez que se tenga una suficiente producción se apuntará a la comercialización”, dijo Manuel Galiano, técnico de la Dirección de Coordinación Ejecutiva de Itaipú Binacional. “Es un compromiso asumido por la entidad, por una cuestión de soberanía nacional en este rubro”, remarcó en el portal de noticias de la empresa.

Con su participación, los productores y semilleros se beneficiarán con una alternativa de renta, teniendo en cuenta que no solamente se abocarán a producir y conservar las semillas, sino a comercializarlas, expresó Galiano.

La ejecución del proyecto derivará en la conformación de un gran banco nacional de semillas en la Facultad de Ingeniería Agronómica de la Ciudad de San Lorenzo, el cual incluirá un germoplasma. Esto consiste en un banco genético que posibilitará la preservación de las variedades ante cualquier eventualidad climática o de otro tipo. El banco permitirá una reserva de semillas, además de incidir en la recuperación de la soberanía nacional y alimentaria.

El técnico recordó que las variedades nativas están mejor adaptadas al clima de nuestro país, al suelo y a todo tipo de inconvenientes que puedan surgir especialmente en el aspecto climático. “Son semillas que les conviene al productor sembrar, principalmente para la seguridad alimentaria”, adujo.

Mencionó que hay otro tipo de variedades que tiene una importancia fundamental para la tradición religiosa de los pueblos originarios que también están incluidos en el proyecto, como las de maíz, que se están perdiendo a lo largo de los años. —Noticias Aliadas.

viernes, 3 de febrero de 2012

El Gobierno se lava las manos en el conflicto minero

"El Gobierno del presidente Fernando Lugo no otorgó ni una sola concesión minera". Así se expresa el Poder Ejecutivo en referencia al conflicto en Paso Yobai por la explotación minera.


Este miércoles entró a funcionar la mina Independencia, la primera excavación en busca de oro. La empresa Latin American Minerals Inc, no realizó la inauguración oficial debido a que en la zona existe un ambiente de tensión e inseguridad, además de reclamos por parte de residentes y trabajadores informales.
El Ejecutivo rapidamente emitió un comunicado este jueves aclarando que en ningún momento otorgó una concesión minera y que se trata de una problemática heredada de gobiernos anteriores, en relación a la coexistencia de la minería informal con el trabajo establecido en al legislación.
 
"Desde el inicio de la gestión del actual gobierno se viene realizando un proceso de diálogo con los mineros informales o artesanales, autoridades locales y empresarios de la zona de Paso Yobai", indicó el Ejecutivo.
 
Por de pronto, además de recordar situaciones establecidas en la Ley, el Gobierno no ha tomado mayor acción como para solucionar el conflicto. 

sábado, 17 de diciembre de 2011

ANA: Paraguay, exigen garantías y seguridad para defensores de los DDHH


Buenos Aires, 13/12/2011 ( Agencia de Noticias Aratiri – ANA ) El 2 de diciembre, Miriam Paz, documentalista y defensora de los DDHH, denunció que fue objeto de actos intimidatorios por parte del aparato represivo del régimen que impera en Paraguay.
La documentalista denunció que los guardias del Servicio Penitenciario de la Agrupación Especializada ( ex guardia de Seguridad del stronismo ) le incautaron escritos de Osmar Martinez, quien se encuentra en dicha unidad en calidad de prisionero político. Poco tiempo después, fue sorprendida con la amplia difusión en los medios de comunicación usurpados por las empresas monopólicas de la comunicación social, en flagrante violación a la reserva que se debería observar en el estado de derecho.
En ANA señalamos que este nuevo ataque al estado de derecho y a la garantía primaria de los DDHH que son los luchadorxs por los DDHH, forma parte de la escalada de violencia impuesta por el régimen represivo paraguayo. Denunciamos que los responsables primarios son el Ministerio Público, el gobierno, el ejército y la Policía Nacional y los autores intelectuales son los “matarifes” imperialistas de EEUU, comenzando por el embajador Thessin, quien supervisa personalmente en territorio los resultados del estado de sitio en función de la Doctrina de Seguridad Nacional.
En ANA nos solidarizamos con Miriam Paz frente a este cobarde hostigamiento, ocurrido en el marco de la criminalización de la protesta, la persecución por motivos políticos y la militarización de la que es objeto la sociedad en Paraguay.
A continuación transcribimos el texto que nos enviara la Gremial de Abogados con ruego de difusión, al cual adherimos en todos sus términos:
Asociación Gremial de Abogadas y Abogados de la República Argentina.
OTRA VEZ EL GOBIERNO Y LA JUSTICIA PARAGUAYAS VIOLAN DERECHOS FUNDAMENTALES
DE PRESOS Y DE DEFENSORES DE DERECHOS HUMANOS.
LA GREMIAL DE ABOGADOS EXIGE GARANTÍAS Y SEGURIDAD PARA MIRIAM PAZ
No es la primera vez, y aunque nos apene admitirlo, seguramente no será la última, que nuestra Gremial de Abogados debe dirigirse a la opinión pública internacional para poner en consideración los atropellos y el desprecio por parte del Estado y gobierno paraguayos de la integridad física y síquica y de los derechos y garantías de los detenidos en sus prisiones. Asombrosamente, consiguen hacerlo aun peor cuando se trata de detenidos por causas políticas.
Podríamos enumerar, incluso ateniéndonos a los circunspectos informes de los organismos internacionales que han tomado cartas en el tema, una larga serie de violaciones que abarcan desde las normas jurídicas retrógradas, las estructuras materiales y sistemas carcelarios siniestros, las detenciones en lugares prohibidos por los Tratados, la corrupción como sistema normalizado de funcionamiento y, como consecuencia de todo ello pero más allá aun, el absoluto desprecio por la dignidad humana que suponen las cárceles y lugares de mantenimiento de prisioneros del estado paraguayo. Y, tal vez, en comparación, lo que venimos a denunciar pueda parecer menor e incidental. Pero este caso presenta características que no pueden ser pasadas por alto.
La documentalista, periodista y defensora de los Derechos Humanos argentina, Miriam Paz, viajó a Paraguay a la presentación de un documental sobre la dura realidad de las trabajadoras sexuales de Asunción. Consecuentemente con el respeto y el compromiso solidario que generan los luchadores sociales y políticos del entrañable pueblo paraguayo, concurrió, el sábado reciente, a visitar a distintos presos por razones políticas, entre ellos al señor Osmar Martínez, antiguo secretario general del partido Patria Libre, quien cumple condena en un cuartel policial, situación que de acuerdo a los estándares internacionales permite que pueda ser considerado un virtual rehén del gobierno paraguayo, al igual que los otros condenados por hechos con trasfondo político que allí se encuentran.
Al retirarse de la visita, le fueron confiscados papeles sin ningún tipo de justificación ni de recaudos legales, en abierta violación de sus derechos y los del detenido. Dichos papeles, que según las autoridades del cuartel iban a ser puestos en manos de la Fiscalía Antisecuestros, fueron hechos públicos inmediatamente, así como la identidad y datos filiatorios de la visitante, la que se vio envuelta en una serie de especulaciones y acusaciones descabelladas.
En comunicaciones anteriores sobre las prácticas del estado paraguayo mencionábamos que este tipo de prácticas ponían en cuestión la capacidad de determinadas instituciones para estar a la altura de los cambios democráticos que experimenta el Paraguay. El transcurso del tiempo y los innumerables hechos protagonizados por el conjunto de las instituciones de ese país (aplastamiento de cualquier vestigio de independencia de los jueces –como en el caso Bonzi-; acusaciones oficiales contra los organismos defensores de los Derechos Humanos –CODEHUPY-; reiterada recurrencia al estado de excepción y la militarización de áreas de conflicto social y político; contumaz y cínica persistencia del Poder Judicial paraguayo en la violación de los tratados internacionales y la propia Constitución en el caso de la prisión preventiva sin juicio por casi 6 años de los seis campesinos extraditados desde Argentina, etc.), parecen despejar las dudas.
Queremos creer, sin embargo, que no es ocioso recordarle a los tres poderes constitucionales del Paraguay, algunas realidades o, si ellos así lo prefieren, algunas opiniones.
Existe un Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos, vigente desde 1976 y al cual Paraguay adhirió en 1992, que establece en su artículo 10, 1: Toda persona privada de libertad será tratada humanamente y con el respeto debido a la dignidad inherente al ser humano. Y que respecto al preciso significado de esto último, establece en su artículo 18,1: Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de tener o de adoptar la religión o las creencias de su elección, así como la libertad de manifestar su religión o sus creencias, individual o colectivamente, tanto en público como en privado, mediante el culto, la celebración de los ritos, las prácticas y la enseñanza. Y en el apartado 3 del mismo artículo: La libertad de manifestar la propia religión o las propias creencias estará sujeta únicamente a las limitaciones prescritas por la ley que sean necesarias para proteger la seguridad, el orden, la salud o la moral públicos, o los derechos y libertades fundamentales de los demás. (El subrayado y la “negrita” son nuestros.)
Pero además, el artículo 4 establece que el Pacto no autoriza la suspensión del artículo 18 ni aun “en situaciones excepcionales que pongan en peligro la vida de la nación y cuya existencia haya sido proclamada oficialmente”.
Por su parte, la Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José), en suArtículo 13 -Libertad de Pensamiento y de Expresión- establece que:1. Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión.  Este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística, o por cualquier otro procedimiento de su elección.
 2. El ejercicio del derecho previsto en el inciso precedente no puede estar sujeto a previa censura sino a responsabilidades ulteriores, las que deben estar expresamente fijadas por la ley y ser necesarias
(El subrayado y la “negrita” son nuestros.)
Además, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos dio a conocer en el año 2008 losPrincipios y Buenas Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de Libertad en las Américas en cuyo Principio II, profundizando lo establecido en el Principio I, se expresa: Tendrá derecho, además, a conservar sus garantías fundamentales y ejercer sus derechos, a excepción de  aquéllos cuyo ejercicio esté limitado o restringido temporalmente, por disposición de la  ley, y por razones inherentes a su condición  de personas privadas de libertad. Y además, se advierte: Bajo ninguna circunstancia se discriminará a las personas privadas de libertad por motivos de … opiniones políticas o de otra índole, … En consecuencia, se prohibirá cualquier distinción, exclusión o restricción que  tenga por objeto o por resultado, menoscabar o anular el reconocimiento, goce o ejercicio  de los derechos internacionalmente reconocidos a las personas privadas de libertad.
Por supuesto, en su Principio IV, se hace una observación de la mayor importancia para el caso considerado: Las órdenes y resoluciones judiciales o administrativas susceptibles de afectar, limitar o restringir derechos y garantías de las personas privadas de libertad, deberán ser compatibles con el derecho interno e internacional. Las  autoridades administrativas no podrán alterar los derechos y garantías previstas en el derecho internacional, ni limitarlos o restringirlos más allá de lo permitido en él.
Asimismo es oportuno recordar que el artículo 30 de la propia Convención Interamericana manifiesta que: Las restricciones permitidas, de acuerdo con esta Convención, al goce y ejercicio de los derechos y libertades reconocidas en la misma, no pueden ser aplicadas sino conforme a leyes que se dictaren por razones de interés general y con el propósito para el cual han sido establecidas. Y que, en la Opinión Consultiva 6 de la Corte Interamericana, ésta consideró que: “Al leer el artículo 30 en concordancia con otros en que la Convención autoriza la imposición de limitaciones o restricciones a determinados derechos y libertades, se observa que exige para establecerlas el cumplimiento concurrente de las siguientes condiciones:
a. Que se trate de una restricción expresamente autorizada por la Convención y en las condiciones particulares en que la misma ha sido permitida;
b. Que los fines para los cuales se establece la restricción sean legítimos, es decir, que obedezcan a ‘razones de interés general’ y no se aparten del ‘propósito para el cual han sido establecidas’. Este criterio teleológico, cuyo análisis no ha sido requerido en la presente consulta, establece un control por desviación de poder; y
c. Que tales restricciones estén dispuestas por las leyes y se apliquen de conformidad con ellas”.
Y finalizó diciendo: que la palabra leyes en el artículo 30 de la Convención significa norma jurídica de carácter general, ceñida al bien común, emanada de los órganos legislativos constitucionalmente previstos y democráticamente elegidos, y elaborada según el procedimiento establecido por las constituciones de los Estados Partes para la formación de las leyes.
Es de destacar que la misma Corte, por ejemplo, consideró, en sentencia de 20 de noviembre de 2009 (caso Usón Ramírez vs. Venezuela) que “el Estado es responsable por  la violación del artículo 13.1 y 13.2 de la Convención, en relación con el artículo 1.1 de dicho instrumento, en perjuicio del señor Usón Ramírez, en tanto las restricciones impuestas resultan abusivas al derecho a la libertad de expresión, no cumplen con un  propósito legítimo, ni son necesarias o proporcionales en una sociedad democrática”. Esto porque un Tribunal venezolano había establecido como condición para el beneficio de libertad condicional, una serie de condiciones y prohibiciones, entre ellas las particularmente objetadas por la Corte que prohibían al sentenciado “asistir a manifestaciones, caminatas, marchas, concentraciones, reuniones, entre otras, de carácter político en razón de la pena accesoria…”  y “dar declaraciones a los diferentes medios de comunicación social (impresos, radiofónicos, audiovisuales, entre otros) del caso que se ventiló en la presente causa”.
Por último, es menester recordar, pues entendemos que esto sí debe ser del conocimiento de las autoridades paraguayas, el artículo 36 de la Constitución del Paraguay:
El patrimonio documental de las personas es inviolable. Los registros, cualquiera sea su técnica, los impresos, la correspondencia, los escritos, las comunicaciones telefónicas, telegráficas o de cualquier otra especie, las colecciones o reproducciones, los testimonios y los objetos de valor testimonial, así como sus respectivas copias, no podrán ser examinados, reproducidos, interceptados o secuestrados sino por orden judicial para casos específicamente previstos en la ley, y siempre que fuesen indispensables para el esclarecimiento de los asuntos de competencia de las correspondientes autoridades. La ley determinará modalidades especiales para el examen de la contabilidad comercial y de los registros legales obligatorios.
Las pruebas documentales obtenidas en violación a lo prescripto anteriormente carecen de valor en juicio.
En todos los casos se guardará estricta reserva sobre aquello que no haga relación con lo investigado.
Resumiendo, sostenemos que resulta manifiestamente ilegal y violatoria de la propia Constitución paraguaya y de los Tratados y estándares internacionales, tanto en lo que hace a los derechos en general de la persona humana, como en lo particular de las personas privadas de su libertad, la actitud del gobierno de Paraguay -de sus autoridades administrativas policiales-, de confiscar escritos del señor Osmar Martínez,sin sustento ni en leyes ni en procedimiento judicial alguno; configurando una actitud que debe ser denunciada y repudiada.
Pero debemos todavía abordar una segunda cuestión que debe llamar a alarma de todos aquellos que permanecen atentos al avance de los ataques contra los defensores de los Derechos Humanos en distintos lugares del mundo.
La señora Miriam Paz es una reconocida militante de la solidaridad con los luchadores sociales y políticos perseguidos por el sólo hecho de serlo, los que han sufrido y sufren injusticias y violaciones a sus derechos fundamentales. Desde su profesión de documentalista ha sido permanente sostén y difusora de la lucha de las Madres de Plaza de Mayo, por ejemplo, pero también de la de incontables activistas por las reivindicaciones de las mayorías postergadas y las minorías discriminadas.
En ese sentido, y a riesgo de volver a sentirnos escribiendo en la arena, quisiéramos traer a consideración de las autoridades políticas y judiciales del Paraguay algunas expresiones de laDeclaración sobre el derecho y el deber de los individuos, los grupos y las instituciones de promover y proteger los derechos humanos y las libertades fundamentales universalmente reconocidos, aprobada por la Asamblea General de las Naciones Unidas en su 85a. sesión plenaria del 9 de diciembre de 1998:
a)                  En su artículo 9, inciso 3, apartado c, establece que toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, entre otras cosas, a: Ofrecer y prestar asistencia letrada profesional u otro asesoramiento y asistencia pertinentes para defender los derechos humanos y las libertades fundamentales.
b)              En su Artículo 12:
1. Toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, a participar en actividades pacíficas contra las violaciones de los derechos humanos y las libertades fundamentales.
2. El Estado garantizará la protección por las autoridades competentes de toda persona, individual o colectivamente, frente a toda violencia, amenaza, represalia, discriminación, negativa de hecho o de derecho, presión o cualquier otra acción arbitraria resultante del ejercicio legítimo de los derechos mencionados en la presente Declaración.
3. A este respecto, toda persona tiene derecho, individual o colectivamente, a una protección eficaz de las leyes nacionales al reaccionar u oponerse, por medios pacíficos, a actividades y actos, con inclusión de las omisiones, imputables a los Estados que causen violaciones de los derechos humanos y las libertades fundamentales, así como a actos de violencia perpetrados por grupos o particulares que afecten el disfrute de los derechos humanos y las libertades fundamentales.
c)      En su Artículo 17: En el ejercicio de los derechos y libertades enunciados en la presente Declaración, ninguna persona, individual o colectivamente, estará sujeta a más limitaciones que las que se impongan de conformidad con las obligaciones y compromisos internacionales aplicables y determine la ley, con el solo objeto de garantizar el debido reconocimiento y respeto de los derechos y libertades ajenos y responder a las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general de una sociedad democrática.
d)      Y finalmente, como deberían tener presente los distintos poderes de un sistema que gusta presentarse a sí mismo como de transición a una democracia plena, en su artículo 18, inciso 2: A los individuos, los grupos, las instituciones y las organizaciones no gubernamentales les corresponde una importante función y una responsabilidad en la protección de la democracia, la promoción de los derechos humanos y las libertades fundamentales y la contribución al fomento y progreso de las sociedades, instituciones y procesos democráticos.
Por lo demás, la Asamblea General de la Organización de Estados Americanos ha reiterado, en diversas sesiones, su exhortación “a los Estados Miembros a que continúen intensificando los esfuerzos para adoptar las medidas necesarias para garantizar la vida, la libertad y la integridad personal de los defensores de derechos humanos, y a que en todos los casos de violaciones contra los defensores de derechos humanos se realicen investigaciones completas e imparciales garantizando la transparencia y la publicidad de sus resultados finales”.
Y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos ha expresado en su Informe sobre la situación de las defensoras y defensores de los Derechos Humanos en las Américas, de 2006, “su reconocimiento por el admirable trabajo de miles de defensoras y defensores de derechos humanos para dar efectividad a los derechos humanos de los habitantes de la región americana.  La Comisión estimula y apoya a las defensoras y defensores de derechos humanos y reconoce que éstos son el enlace entre la sociedad civil en el plano interno y el sistema de protección de los derechos humanos en el plano internacional. Su papel en la sociedad es fundamental para la garantía y salvaguarda de la democracia y del Estado de derecho”. Además, en su 141º período ordinario de sesiones de este año, ha decidido crear laRelatoría sobre los Derechos de Defensoras y Defensores de Derechos Humanos.
El gobierno paraguayo y el Ministerio Público de ese país llevaron adelante una campaña, en octubre de 2010 contra la CODEHUPY (Coordinadora de Derechos Humanos del Paraguay), institución de gran trayectoria y prestigio, a la que veladamente acusaron de ser funcionales a la estrategia de la organización Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP), por realizar una presentación ante la CIDH por distintos casos de tortura durante los recurrentes operativos que las fuerzas armadas y de seguridad realizan en el norte del país. Quienes no lo hicieron en forma velada, sino en forma extremadamente agresiva, fueron los medios de comunicación del país, ante la pasividad, no sólo de esas mismas instituciones, sino del Poder Judicial.
No es de extrañar, entonces, la desaprensión con que las autoridades políticas y judiciales han tratado el tema de la visita de una defensora de los Derechos Humanos a un preso político. En ese sentido, con toda razón, la señora Paz ha manifestado públicamente que considera a estos hechos como claros actos de intimidación sobre su persona, que responsabiliza al Estado paraguayo y sus fuerzas de seguridad por su integridad física, que se reserva el derecho de iniciar acciones legales a todos los medios de comunicación que han creado una ominosa atmósfera alrededor de su permanencia en territorio paraguayo y ha denunciado a las fuerzas policiales de haber violado el Art. 36 de la Constitución Nacional de Paraguay.
Exhortamos una vez más a los poderes públicos de la querida República de Paraguay a abandonar definitivamente concepciones y prácticas que no se condicen con el Estado de Derecho que pretenden liderar y a entender que la persistencia de estas prácticas sólo redundarán en el desprestigio de sus instituciones y en el desprecio y distanciamiento de su propio pueblo, el altivo y digno pueblo paraguayo y de todos las mujeres y hombres bien nacidos del mundo.



Dr. Eduardo Soares
Presidente de la Asociación Gremial de Abogadas y Abogados de la República Argentina.

domingo, 11 de diciembre de 2011

Los niños del sojal: más de 260 escuelas se hunden en un mar de soja



Las escuelas están en Alto Paraná, Itapúa y parte de San Pedro.  Esta realidad comprueba que las leyes que exigen barreras de protección contra agrotóxicos en las comunidades y lugares públicos son violadas por los sojeros.
“Aquello que marcha y fumiga entre los sembradíos” puede convertirse en una película de terror para muchos niños, niñas y familias campesinas del interior del país.
Este año la soja alcanzará un record de producción sobre las más de 2.600.000 hectáreas de tierra en que se extienden en todo el Paraguay. Sin embargo, el precio del “desarrollo” del modelo que se expande con la agricultura extensiva tiene un costo alto para las familias campesinas y el medio ambiente. Migración, enfermedades e intoxicaciones, deforestación y contaminación. Uno de los casos más alarmantes lo sufren las escuelas rurales que son acorraladas por las plantaciones exponiendo a los niños a las fumigaciones. Numerosos casos e investigaciones científicas han corroborado los efectos nocivos en la salud humana y animal por parte de los pesticidas usados en la soja.
264 escuelas acorraladas en solo 3 departamentos
Hasta el momento se han contabilizado unas 264 escuelas rodeadas por el cultivo, según los datos preliminares relevados  por la Dirección de Educación Escolar Básica del Ministerio de Educación y Culto (MEC), quienes buscan identificar la cantidad de escuelas en el país que sufren esa situación. Estos datos se desprenden de apenas 3 departamentos.
En Alto Paraná se registran los principales casos con 164 escuelas. En Itapúa existen 93, mientras en parte de San Pedro, donde aún falta el relevamiento de ciertas zonas, hay 7. Aun faltan los datos de otros departamentos como Canindeyú, uno de los principales sojeros, Caaguazú, Concepción, Amambay, entre otros.
“Un modelo que arrasa las comunidades”
La responsable de la dirección de Escolar Básica, Marta López, afirma que la situación es alarmante, y que muchas instituciones han cerrado a consecuencia de la migración de los pobladores que huyen de la soja, y de sus químicos, ya que estos matan todo lo que no sea soja transgénica. No pueden producir nada en sus chacras. “Este modelo de producción está arrasando las comunidades”, dice.
La investigación se desarrolla dentro del marco de trabajos conjuntos con otras instituciones, bajo la instancia de la Coordinadora Ejecutiva para la Reforma Agraria (Cepra), y están haciendo los relevamientos de datos con el Servicio Nacional de Calidad y Sanidad Vegetal y de Semillas (Senave), la entidad reguladora.
Impotencia
Existen casos que van al extremo según la directora, como en el caso de una escuela de Itakyry, Alto Paraná, donde las plantaciones de los cultivos colindantes llegan al mismo predio de la institución, a 15 metros de  la escuela, sin ninguna barrera natural de protección como exige la ley. En otros casos, los caminos que acercan a los niños a su escuela están desbordados de sojales, y la nube de agrotóxicos expelida por los tractores cae sobre estos cuando pasan por allí. Sobre el papel del Senave para hacer cumplir las leyes en estos casos, López afirma que justamente está siendo muy criticada por querer hacer cumplirlas. Las familias están impotentes, afirma, “todos sabemos lo que fue en Itakyry con la fumigación en avioneta a las comunidades indígenas, sabemos cuál es la reacción de la fiscalía que termina desinformando a la población y minimizando los hechos, las familias se vuelven impotentes y migran”.

sábado, 5 de noviembre de 2011

Niño nacido en Paraguay sufre severas malformaciones por causa de fumigaciones

 
Plantación de soja se encuentra a 500 metros de la comunidad de Naranjito, Departamento de San Pedro.

El Dr Joel Filártiga acudió el pasado fin de semana a la colonia Naranjito en la ciudad de General Resquín, Departamento de San Pedro, por una consulta particular. Una vez en el sitio los pobladores denunciaron el caso de un recién nacido que presentaba varias malformaciones en sus extremidades. El niño cuenta con un mes de vida y es hijo de una pareja de nativos.  Según Filártiga existen varias denuncias sobre casos similares, que no tuvieron respuesta de las autoridades municipales ni sanitarias. 

El médico tuvo la oportunidad de revisar al niño, constatando la falta de varios miembros en los brazos y las piernas, y se ofreció para trasladarlo a la capital para su correspondiente tratamiento. La mayoría de los pobladores de Naranjito se encuentra con problemas respiratorios, debido a la fumigación que se realiza en los campos de soja, que están a solo 500 metros de la comunidad, contradiciendo varias disposiciones legales.

El mismo Dr Filártiga comentó que durante la noche las personas que lo recibieron en Naranjito tenían dificultades de sueño, a causa de la tos constante.

Según informes agronómicos de instituciones públicas y privadas, el promedio de uso de agrotóxico líquido por cada  hectárea de cultivo de soja es de siete (7) litros, habida cuenta que solo con esta cantidad de litros surte efecto la sustancia química llamada glifosato que contiene el herbicida Round Up, marca de la trasnacional Monsanto, que se aplica a las soja transgénica.

Teniendo en cuenta que el 95% de las semillas de soja cultivas en el país son transgénicas, los cálculos arrojan que 21 millones de litros de agrotóxicos se usaron en el 2010.

Investigaciones realizadas por el científico Andrés Carrasco, jefe del Laboratorio de Embriología Molecular de la Universidad de Buenos Aires e investigador del Conicet, los "Herbicidas basados en glifosato producen efectos teratogénicos en vertebrados interfiriendo en el metabolismo del ácido retinoico". En este sentido sostuvo que los resultados obtenidos con anfibios son extrapolables a los humanos porque todos los vertebrados desarrollan un proceso embrionario común que empieza a diferenciarse recién cuando el embrión se encuentra en una etapa avanzada de formación. Esta investigación arroja que el glifosato afecta la formación del embrión humano ocasionando deformaciones.

Las deformaciones precisamente se registran en la etapa inicial del desarrollo del embrión, que presenta fases similares en todos los vertebrados. Las muestras expuestas a las concentraciones de glifosato sufrieron distintos tipos de malformaciones como "microftalmia (ojos más pequeños de lo normal), microcefalia (cabezas pequeñas y deformadas), ciclopía (un solo ojo en el medio), malformaciones craneofaciales (deformación de cartílagos faciales y craneales), acortamiento del tronco embrionario, deformaciones del aparato digestivo, respiratorio y de los tejidos que forman el corazón".

Fuente: 
POR E'A  ⋅ NOVIEMBRE 2, 2011 
http://permahabitante.blogspot.com/2011/11/nino-nacido-en-paraguay-sufre-severas.html

miércoles, 12 de octubre de 2011

Estado de excepción en Paraguay


Asunción, 12 de octubre de 2011

COMUNICADO

La Coordinadora Nacional de Organizaciones de Mujeres Trabajadoras Rurales e Indígenas  (Conamuri) se dirige a la opinión pública, nacional e internacional, en referencia al estado de excepción aprobado por Ley 4473, para expresar cuanto abajo sigue:

Por decreto presidencial, una vez más en lo que va del gobierno de turno, se declara estado de excepción sobre dos departamentos del país con alta presencia de organizaciones campesinas de larga trayectoria y reconocimiento de sus conquistas: Concepción y San Pedro. El pretexto, otra vez: el Ejército del Pueblo Paraguayo (EPP), al que se atribuye los últimos hechos de violencia en la zona de Horqueta. En esta oportunidad, la medida excepcional otorgada por la Constitución abarcaría el término de 60 días, tiempo que consideramos más que suficiente para sembrar el pánico en las comunidades y para instaurar el terrorismo desatado desde el Estado.

Militares en tropel, portando armas como si fueran a la guerra, conduciendo vehículos blindados, helicópteros, tanquetas y lanchas, pretendiendo instalar sensación de seguridad en la ciudadanía, ¿cómo esperan transmitir tranquilidad en esa atmósfera de despliegues bélicos? Creemos que a la Policía Nacional, sin necesidad de recurrir a las fuerzas militares, le sería muy fácil atrapar a la veintena de delincuentes que operan bajo el título de EPP si manifestaran verdadero interés por recuperar la estabilidad en la zona, no existiendo la necesidad de alarmar acerca de una “grave conmoción interior”.

Los elementos de combate no otorgan, de por sí, paz a las comunidades. Con uniformados desplazándose por las calles y restringiendo la libertad de las personas –además teniendo en cuenta los resultados negativos del anterior estado de excepción– el Gobierno de turno se equivocó, nuevamente, en dar pie a esta medida extraordinaria. Lo que creemos es que con esto se estará criminalizando, todavía más, la lucha social, ante una inminente persecución a líderes campesinos en el contexto de las reivindicaciones históricas y populares, como lo es el proceso de recuperación de tierras mal habidas llevado adelante por el INDERT, con el respaldo de las organizaciones sociales.

Por otra parte, repudiamos a los máximos referentes de los partidos tradicionales, al aprovecharse de la situación para obtener réditos políticos con la vista puesta ya en las elecciones generales de 2013, olvidando que detrás de este cuadro hay víctimas humanas y familias pobres sufriendo las consecuencias dejadas por el accionar del grupo criminal conocido como EPP.

Alentamos a la ciudadanía a reflexionar en la coyuntura política, social y económica que envuelve actualmente a nuestro país, conocer las amenazas reales que sufre nuestra soberanía patria en todo sentido y sacar conclusiones sin las salpicaduras alevosas con que contribuyen medios de comunicación embusteros que, al desinformar y tergiversar la verdad, se adhieren a los que verdaderamente serán beneficiados con la docilidad del pueblo y la desarticulación del movimiento social en el Paraguay. 


¡Globalicemos la lucha! ¡Globalicemos la esperanza!




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CONAMURI
Montevideo Nº 1420 e/ Milano y Sicilia
Asunción - Paraguay
Telefax 444317
www.conamuri.org.py
conamuri@conamuri.org.py
conamuri@gmail.com
skype: conamuri

Campaña Nacional de Firmas por el NO a la Minería Química a Cielo Abierto
y la Minería Nuclear en todas sus formas

Los ciudadanos del territorio argentino decimos NO a la minería química con la modalidad a "cielo abierto" y a la minería radiactiva en todas sus modalidades (cielo abierto o por galerías).

  • Pedimos la nulidad y derogación de la Ley de Inversiones Mineras (Ley Nacional 24.196) y normas complementarias.
  • Exigimos la derogación y anulación por parte de la República Argentina del "Tratado de Integración Minero Argentino-Chileno".
  • Reclamamos el cierre definitivo y la recomposición del ambiente, según el art. 41 de la Constitución Nacional, de todas las minas abandonadas y aquellas que están funcionando y no respetan la ley general del ambiente (ley nº 25675).
  • Pedimos previa autorización expresa para la utilización de recursos hídricos compartidos de las poblaciones de las provincias potencialmente afectadas por un emprendimiento minero que se expresarán por referéndum y demandamos la participación de la autoridad ambiental nacional en caso de efectos ínter-jurisdiccionales.
  • Pedimos se respeten estrictamente los principios ambientales preventivo, precautorio y de sustentabilidad contenidos en la ley general del ambiente y la sanción de caducidad de las concesiones mineras en caso de incumplimiento.
  • Reclamamos la detención y prisión de los empresarios mineros que contaminan el medio ambiente con sus delitos y la misma condena para los funcionarios públicos cómplices.
  • Denunciamos los planes nucleares que se fomentan desde el gobierno y enriquecen a los empresarios mineros que desarrollan emprendimientos mineros radiactivos.
  • Reclamamos expresa "Licencia Social" y participación ciudadana real y efectiva previas a los procesos de autorización de actividades mineras.

¡Sí a la vida y a la dignidad! ¡No al saqueo, destrucción y contaminación!

¡Sumá aquí tu firma a este reclamo!